En una sesión histórica, la Cámara de Senadores de la Nación aprobó por unanimidad la Ley de Presupuestos Mínimos para la Implementación de la Educación Ambiental en la República Argentina. El mismo establece la incorporación de contenidos ambientales en los diversos niveles educativos.
El proyecto de ley -presentado por el Poder Ejecutivo en 2020- ya contaba desde marzo con media sanción de la Cámara de Diputados. El mismo tiene por objetivo el establecimiento de presupuestos mínimos para la implementación de una política pública nacional en materia de educación ambiental basada en la Estrategia Nacional de Educación Ambiental. Su propósito general es la promoción de la concienciación y responsabilidad ambiental en la ciudadanía de todo el territorio nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Nacional y de acuerdo con lo establecido en el artículo 8° de la Ley General del Ambiente N° 25.675, el artículo 89 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y sus modificatorias y en los Tratados y Acuerdos Internacionales en la materia.
Máximo Mazzocco, fundador de Eco House Global y miembro de Alianza por el Clima, sostuvo: “Estamos eufóricos y muy entusiasmados. Faltan más leyes, pero la LEA es una de las primeras que deberíamos haber sancionado después de la reforma constitucional de 1994. La Educación para la Sostenibilidad es el puntapié inicial de la revolución social, ambiental y económica que necesitamos. Los parches ciegos, sin visión, ya no sirven. Vamos por un cambio estructural, masivo, que amerita un nuevo contrato social”.
En los últimos veinte años, se presentaron varios proyectos de Ley de Educación Ambiental. Sin embargo, ninguno logró el consenso necesario ni la prioridad política para convertirse en ley.
Principales definiciones de la Ley.
El proyecto aprobado en el Congreso propone entre sus puntos principales:
- Promover el desarrollo de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental (ENEA) y de las Estrategias Jurisdiccionales de Educación Ambiental (EJEA), garantizando la creación y existencia de un área específica para la educación ambiental dentro de las respectivas carteras ambientales del Gobierno Nacional, de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, compuestas por recursos humanos y tecnológicos, y programas de trabajo y presupuesto, dependientes de cada jurisdicción.
- Fortalecer las capacidades de las carteras ambiental y de educación en la implementación de la estrategia, a través de la profesionalización de los recursos humanos involucrados en la tarea.
- Desarrollar estudios de percepción de distintas regiones para ajustar la ENEA y las correspondientes EJEAs a la realidad de cada territorio.
- Crear un banco virtual nacional de experiencias en educación ambiental.
- Generar y gestionar mecanismos que faciliten el cumplimiento sistemático de la Agenda 2030 con sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, y/o aquellos que en el futuro se acuerden.
- Promover acciones comunitarias que fomenten el “Compromiso Ambiental Intergeneracional”.
- La estrategia Nacional de Educación Ambiental se hará operativa por medio de la articulación interministerial, interjurisdiccional e intersectorial permanente, a través de la creación de una Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental (CENEA), que será a la vez asistida por un Consejo Consultivo.
La nueva normativa crea un organismo especial para funcionar como “principal instrumento de la política” para la enseñanza de esta materia “en todo el territorio nacional”
La CENEA, que será convocada en un plazo no mayor de 90 días desde la entrada en vigencia de la ley, estará integrada por representantes del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, del Ministerio de Educación de la Nación, del COFEMA y del Consejo Federal de Educación (CFE), y su conformación deberá atender a la paridad de género. Además, el Consejo Consultivo contará con representantes de pueblos originarios, organizaciones gremiales docentes de la educación pública, privada y técnica con reconocimiento nacional, sector estudiantil y juvenil, representantes del sector científico nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representantes de universidades nacionales, provinciales y privadas, representantes de guardaparques del sector público y privado, y organizaciones de la sociedad civil con interés en la educación y el compromiso ambiental, entre otros.
Respecto a la autoridad de aplicación, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, las jurisdicciones provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el COFEMA tendrán la facultad de implementar la Estrategia Nacional de EA y las Estrategias Jurisdiccionales de EA en los ámbitos de educación ambiental informal y no formal; el Ministerio de Educación de la Nación, de las jurisdicciones provinciales y de C.A.B.A, en articulación con el Consejo Federal de Educación, podrán hacerlo en los ámbitos de educación ambiental formal y no formal.
El debate fue seguido en el recinto de sesiones por los ministros de Educación, Nicolás Trotta, y de Ambiente, Juan Cabandié.