La causa se inició en 2004, cuando un grupo de habitantes, encabezados por Beatriz S. Mendoza, presentó una demanda contra el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 44 empresas, reclamando daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la contaminación de la Cuenca Matanza-Riachuelo, la recomposición del ambiente y la creación de un fondo para financiar el saneamiento de la Cuenca Matanza- Riachuelo.
El 8 de julio de 2008, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), emitió un fallo en la llamada causa “Mendoza” que constituye un hito en la jurisprudencia del máximo tribunal: fijó las coordenadas para enfrentar una de las peores situaciones socio-ambientales de nuestro país, la contaminación de la cuenca Matanza-Riachuelo que afecta de manera directa a más de 4 millones y medio de personas que viven en torno a la cuenca. Esto representa el 10% de la población de la Argentina.
El fallo instó al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a trabajar articuladamente en un plan de saneamiento con tres ejes clave: mejorar la calidad de vida de sus habitantes, recomponer el ambiente y prevenir futuros daños.
Han transcurrido 15 años del dictado de esta histórica sentencia. ¿Qué balance podemos hacer de su impacto? El fallo es un hito que fijó diferentes objetivos entre los que se encuentran la puesta en marcha de un programa de información pública, la cesación de la contaminación de origen industrial, el saneamiento de basurales a cielo abierto, la limpieza de los márgenes del río, la expansión de la red de agua potable, la extensión del sistema de desagües pluviales y saneamiento cloacal y plan sanitario de emergencia.
El activismo judicial de la Corte en el marco de esta mega causa ambiental sigue los pasos de la Corte de la India al decidir el saneamiento del río Ganges. Es decir, los jueces fijan líneas de acción concretas desde los tribunales, cuyo cumplimiento recae sobre las autoridades políticas para que luego esas medidas sean monitoreadas por los propios jueces. En este esquema, se han generado algunos avances pero aún quedan varias asignaturas pendientes y numerosos saldos negativos que revertir.
El fallo instó al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a trabajar articuladamente en un plan de saneamiento de la Cuenca con tres ejes clave: mejorar la calidad de vida de sus habitantes, recomponer el ambiente y prevenir futuros daños.
Consecuencias positivas del fallo
Generó resultados directos sobre el territorio de la cuenca Matanza–Riachuelo (CMR); se pusieron en marcha organismos estatales y políticas públicas tendientes a saldar la deuda ambiental para con este territorio; se creó la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), un organismo interjurisdiccional con facultades legales e institucionales suficientes para impulsar el Plan Integral de Saneamiento Ambiental Cuenta Matanza Riachuelo (PICMR) y el cumplimiento de las demandas impuestas en el fallo por la CSJN; se realizaron tareas de remoción y limpieza de más de 1400 toneladas de residuos sólidos del espejo de agua y de los márgenes, y en CABA se transfó en una política pública que hoy permite ampliar los sistemas de recolección de residuos en espacios en los que antes ese servicio no existía; apertura de la traza del camino de sirga; progreso de las obras de infraestructura cloacal; realización de evaluaciones integrales de salud en áreas de riesgo (EISAR) y la construcción de unidades de salud ambiental (USA), que mejoraron el diagnóstico y la atención sanitaria; generó un cúmulo muy importante de información, que era desconocida y que resulta fundamental para el diseño de políticas públicas y la toma de decisiones.
Sin embargo, las acciones desarrolladas hasta el presente han sido insuficientes e inconsistentes con los altos objetivos trazados.
En 2018, la Corte consideró que los objetivos del Plan Integral de Saneamiento se encontraban incumplidos y ordenó que se fijaran plazos ciertos para la finalización. ACUMAR, por su parte, no pudo demostrar que hayan mejorado las condiciones de las aguas superficiales del río ni la calidad del aire en la cuenca baja del Riachuelo. Sí quedó claro que el presupuesto para llevar adelante estas tareas había sido subejecutado.
En 2019, el juez a cargo de la ejecución de sentencia por el saneamiento del Riachuelo, en respuesta a un planteo del Cuerpo Colegiado, conformado por asociaciones de vecinos y ONGs, declaró que el acceso al aire limpio de contaminantes es un derecho humano ordenando remediar la contaminación que provocan los basurales.
Acciones pendientes
- Modificar el régimen de vertidos industriales y un cambio sustancial en la legislación vigente
- Generar un sistema unificado para la habilitación de industrias
- Fiscalizar de manera más exigente los vertidos industriales
- Ser más rigurosos con aquellos establecimientos que incumplan con la normativa
- Acelerar la velocidad de obras cloacales y de saneamiento de aguas aún pendientes
- Lograr que se reconviertan todos los agentes contaminantes de la cuenca través de los planes de reconversión industrial
- Finalizar los procesos comprometidos de reurbanización y relocalización de las personas que viven en situación de vulnerabilidad y riesgo sanitario y ambiental.
- Es necesaria una mayor articulación con los municipios con el objetivo de verificar que se gestionen de manera eficiente los Residuos Sólidos Urbanos (RSU)
- Implementar un plan para la erradicación de basurales ilegales de la cuenca, estableciendo las responsabilidades que corresponden a cada uno de los municipios en los cuales se encuentran situados
- Realizar un estudio integral de riesgo para el Polo Petroquímico de Dock Sud que prevea su relocalización
- Evaluar los impactos acumulativos de los vertidos adecuándolos a las características del río
- Proteger las reservas naturales que forman parte del sistema ambiental del Riachuelo
- Implementar un plan de ordenamiento ambiental del territorio que defina los usos y el destino que tendrá la cuenca
La gestión de saneamiento de la Cuenca Matanza-Riachuelo implica la erogación de importantes recursos económicos, la mayor parte de los cuales proviene del presupuesto nacional, situación que no puede proyectarse hasta el infinito, sino que demanda una acción cada vez más eficiente.
Resulta necesario un conjunto de acciones de carácter socio-ambiental que deben implementarse de manera conjunta, como la eliminación de las tres fuentes principales de contaminación, el control permanente de las industrias, la relocalización de las personas que vienen en situación de riesgo, y la atención sanitaria de las personas.
Todo esto debe ser sostenido además, con una fuerte voluntad y compromiso por parte de las diversas jurisdicciones involucradas, cuestión que hasta el momento no se ha manifestado de tal manera.
El proceso judicial ha sido positivo, pero nunca terminará de concretarse hasta que no se convierta en una verdadera política de Estado.
La deuda ambiental aún no ha sido saldada.
Con información de FARN