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Mientras países de la región como Chile, Uruguay, Perú, México, Ecuador y recientemente Brasil avanzaron en la incorporación de rótulos en el frente de los envases que advierten o informan -según el modelo- sobre el exceso de nutrientes críticos como azúcar, sodio, grasas y calorías, el etiquetado frontal de alimentos es una deuda pendiente en Argentina.
Para saldar esa deuda los senadores aprobaron, por amplia mayoría, una norma que establece la colocación de una serie de sellos frontales en los envases de alimentos con altos contenidos de sodio, azúcares, grasas saturadas, grasas totales y calorías. La iniciativa, que cuenta con el aval de los ministerios de Salud; Agricultura, Ganadería y Pesca; y Desarrollo Productivo, pasa ahora a la Cámara de Diputados. Se trata de un avance en buenas prácticas comerciales, donde la etiqueta advierte si un producto tiene exceso de grasas, sodio o azúcares, para promover la toma de decisiones asertivas y resguardar los derechos de los consumidores.
El sello a incluirse en la etiqueta, según lo aprobado, adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas. El tamaño del sello no podrá ser nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase ni estar cubierto (parcial o totalmente) por ningún otro elemento. Los valores máximos de calorías, azúcares totales, grasas saturadas y sodio deberán cumplir con el perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
En caso de contener edulcorantes, el envase además deberá exhibir esta leyenda precautoria debajo de los sellos: «Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as». Y los alimentos y bebidas que presenten exceso de algún nutriente crítico no podrán incorporar información nutricional complementaria (claims) en relación a ese nutriente.
Se estima que, en Argentina, cuatro de cada diez niños padece sobrepeso u obesidad. Y en promedio consumen un 40% más de bebidas azucaradas que los adultos, según reveló la última Encuesta de Nutrición y Salud (ENNyS 2) de 2018. Por eso el proyecto también dedica un capítulo a la promoción de la alimentación saludable en las escuelas primarias y secundarias. Y sugiere la prohibición de comercialización, expendio y promoción de alimentos y bebidas que contengan algún sello de advertencia en esos establecimientos.
Se trata de un avance en buenas prácticas comerciales, donde la etiqueta advierte si un producto tiene exceso de grasas, sodio o azúcares, para promover la toma de decisiones asertivas y activas, y resguardar los derechos de los consumidores.
En nuestro país, casi 7 de cada 10 mayores de 18 años están excedidos de peso. El avance de los productos ultraprocesados en la dieta, sumado al creciente sedentarismo, son dos de los factores vinculados a la suba en los índices de obesidad y sobrepeso, que incrementan el riesgo de enfermedades no transmisibles como cardiovasculares, diabetes y algunos tipos de cáncer.
Esta Ley, además del etiquetado, promueve regular los entornos escolares, en relación a las publicidades. Establece la prohibición de toda forma de publicidad de productos que contengan al menos un nutriente crítico en exceso, que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes, y a la población en general. Y también prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas; la promesa de premios y participación en concursos, entre otros incentivos que fomenten el consumo del producto.
«Estamos en un muy buen camino y contentos de este avance después de tanto tiempo de inacción», dijo el ministro de Salud Ginés González García, en su participación en el debate y comentó que espera que este proyecto pueda provocar descensos en las cifras de obesidad.